Estoy en un nuevo proyecto empresarial, el problema es que escuche que ha salido una nueva ley que no te obliga a declarar impuestos si es que aun no facturas nada, antes asi no factures igual tenia que pagar a un contador para que te declare, diganme amigos foreros que tan cierto es eso ya que no confio en la SUNAT ....
Igual sigue cobrando, la SUNAT mult apo rdemorarte en pagar ONP lo mismo de siempre y la FRAEs no la han aplicado., UN CUENTO. http://www.connuestroperu.com/econo...e-dos-2-meses-y-nadie-puede-acogerse-al-fraes pesar de existir urgencia en adoptar diversas medidas para reactivar la economía y otros temas, el gobierno de Kuczynski se demoró en solicitar al Congreso de la Republica autorización para legislar. Recién el 8-10-16 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la ley 30506, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú. Los diversos Decretos Legislativos aprobados por el Poder Ejecutivo, al amparo de la ley 30506, requieren reglamentación, existiendo retraso en los mismos, que como sabemos deben ser reglamentados por el mismo poder ejecutivo. Entre los numerosos Decretos Legislativos que están pendientes de reglamentación, uno de ellos es el Decreto Legislativo 1257 que establece el Fraccionamiento Especial de las deudas tributarias y otros ingresos administrados por la SUNAT (FRAES). Este Fraccionamiento Especial, que se publicó en el diario oficial “El Peruano” el 8-12-16, es para el micro y pequeño empresario. En la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1257, se precisa que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, se dictaran las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la correcta aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo. En el numeral 9.1 del artículo 9.º de Decreto Legislativo 1257 se precisa: 9.1 El deudor debe presentar su solicitud de acogimiento al FRAES en la forma y condiciones que se establezca mediante resolución de superintendencia de la SUNAT. En conclusión están pendientes de aprobación el Decreto Supremo que reglamenta el FRAES y la Resolución de la SUN AT que establece la forma y condiciones para acogerse al FRAES. Este atraso, 2 meses y 13 días desde que se aprobó el Decreto Legislativo 1257, impide que el micro y pequeño empresario puedan acogerse al FRAES. Es necesario pues, que el poder ejecutivo apruebe urgentemente el Decreto Supremo y la Resolución de Superintendencia referidas al FRAES, teniendo en cuenta que el plazo para acogerse es hasta el 31-07-17