Si el padre quiere comprarse un departamento a crédito por un lapso d 3 años a pagar, con el aval del padre obvio, y cuando se termine de cancelar el crédito recién pasaria a nombre del padre. Si se saco con el nombre del hijo es porque este tiene un crédito con el banco anteriormente y los papeles salían más rápido para q d una vez tenga la disponibilidad del departamento. Solamente se llego a un acuerdo de palabra q cuando se termine de cancelar este recién pasaria d titular a nombre del padre, este hijo ( esta registrado ya en la sunarp como propietario) podría no cumplir lo acordado por palabra y estafar al padre a futuro, q acciones legales se tomaría ahí o perdería d ley el padre. Para esto se hace tambien con algún documento legal para q el hijo entregase lo acordado ? Q opiniones y sugerencias respecto al post comenten....
El padre podria hacerle firmar al hijo letras de pago y ejecutarla en caso no le de el departamento al final de los 3 anyos
Los créditos para inmuebles son en mas años 10,15,20 dependiendo de tu poder de pago En Interbank lo mínimo es 5 años, en los demás bancos igual . No le convendría al banco que pagues tan rápido el crédito porque no ganarían lo suficiente de intereses. Un departamento esta 200 mil 300mil en adelante Se nota que no sabes nada del tema, estoy perdiendo mi tiempo acá Cada cuita seria de 6000 soles aprox mensuales pagándolo en 5 años por un departamento barato de 300mil soles
Ok lo q mencionas es el promedio de créditos, pero todo depende de la inicial q des y a cuanto de largo plazo lo pagues todo es previa calificación, ellos se aseguran bien d ese tema, son pocos los casos pero se puede ps... Jajajaja..... El q no sabe nada eres tu lo menciono con pleno conocimiento y experiencia...
mientras el predio esté a nombre del hijo en sunarp, así el padre haya puesto el 100% del dinero para pagarlo el bien inmueble por ley le pertenece al hijo si el hijo no cumple con la transferencia el padre podría hacerle juicio por el monto y solicitar el embargo del departamento, pero hasta q no haya un fallo favorable del juez seguirá siendo del hijo
Tienes conocimiento del tema? O solo lo deduces, o has visto casos en donde el hijo estafo al padre.. .
ha habido un caso similar en mi familia, aunq fue entre primos acabo de preguntarle al abogado de mi empresa
a q te refieres con derechos? el tema es simple, en registros públicos existe una partida registral del inmueble a nombre del hijo, en esa partida no figura quien ha pagado por el inmueble ya que para efectos de registros públicos al estado no le interesa quien paga por el bien sino quien es el dueño, lo pudo haber pagado el vecino pero si en la partida figura el nombre del hijo entonces es el dueño reconocido ante el estado y puede hacer con el inmueble lo que quiera lo que debió haber hecho el padre es hipotecar el departamento, tal igual como hace el banco cuando otorga un crédito hipotecario, y q la hipoteca esté inscrita en la partida del inmueble con los términos y condiciones de una hipoteca regular (el que presta el dinero es dueño del inmueble hasta que se levante la hipoteca)
Contrato de constitución de hipoteca entre particulares Finalidad de la constitución de hipoteca Mediante este contrato las partes llevan a cabo la constitución de un derecho real de garantía (sobre la cosa) en este caso una finca, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de una obligación mediante la concesión de un poder directo e inmediato sobre el bien inmueble. Por tanto, en virtud del contrato de hipoteca, el acreedor podrá responder frente al impago de la deuda, promoviendo la venta del bien inmueble sobre el que se ha constituido la hipoteca y satisfacerse mediante el precio obtenido por dicha venta. Además el acreedor que se beneficie de la hipoteca, tendrá un derecho de preferencia respecto los demás acreedores que no dispongan del mismo derecho real sobre la finca. Preguntas frecuentes sobre la constitución de hipoteca: ¿Qué requisitos se deben cumplir para constituir válidamente una hipoteca? Para que se constituya válidamente una hipoteca sobre un bien inmueble o sobre los derechos reales enajenables impuestos sobre los mismos bienes, será imprescindible otorgar escritura pública del contrato ante Notario. Asimismo deberá inscribirse la escritura pública en el Registro de la Propiedad, teniendo la inscripción efectos constitutivos.