Hola amigo de foros peru tengo una duda sobre el contrato cas quisiera que me ayudaran bueno mi duda es sobre estos casos caso 1 siendo una persona contratada por la modalidad cas y le dan su carta de agradecimiento a los 3 meses que beneficios tiene esa persona que deja la entidad en 3 meses caso 2:siendo un a persona contratada por la modalidad cas labora desde julio a diciembre del año 2018 donde termina su contrato que beneficos tiene puede recibir liquidacion ,vacaciones truncas . espero que me aclaren esa duda amigos estare muy agradecido
Que yo sepa, solo le corresponde sus vacaciones truncas y la constancia de trabajo, como ya se mencionó. Se supone que iban a cambiar la norma para hacerlo más estable pero no sé cómo va ese tema. Para todos los que trabajan como dependientes, yo siempre les digo que se esfuercen como si fueran a despedirlos por cualquier motivo pero siempre estén en la búsqueda de nuevas oportunidades de empleo, sea que las necesiten o no. Es la mejor forma de no quedarse en la calle de un momento a otro y no saber qué hacer.
Pues es una fracción del tiempo transcurrido. Si has trabajado 3 meses, te corresponde 3/12, si has trabajado 7 meses, corresponde 7/12, etc.