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Publicado por Diego
Wow! Interesante tu comentario eso de que nadie hacer respetar esas leyes.
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Pues mi comentario es en parte una ironía, pero en Perú si existen leyes que protegen a los no fumadores como la ley # 25357, Sin embargo todos los días me topo con sujetos, que simplemente "les vale un ******" esas leyes, les dejo un copy/paste para que la lean los que no la conocen…
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Legislación Y Control del Tabaco en el Perú
Ley # 25357 (27-11-91)
Prohibe fumar en espacios cerrados de uso público, comprendiéndose espacios de instituciones públicas y privadas y los medios de transporte público.
DS Nº 983-93-PCM Reglamento de la Ley # 25357 (25-11-93)
* Prohibe fumar en lugares cerrados donde se presenten espectáculos (cines, auditorios, teatros, sets de TV, etc.); en salas de convenciones y deliberaciones; aulas de centros educativos; medios de transporte público colectivo; ascensores y centros de salud.
* Prohibe fumar en zonas de atención al público de bancos, empresas, oficinas públicas, municipios, oficinas de las FFAA y PN y cualquier espacio cerrado destinado a la atención del público, sea público o privado.
* Se puede reservar un área para fumadores de hasta el 50% de espacio en restaurantes, bares, pubs, cafés, discotecas, clubes, salones de baile, bingos, casinos, hoteles y lugares de hospedaje. Es obligatorio colocar carteles en la zona reservada para no fumadores con el texto "Está prohibido fumar en lugares públicos como éste (Ley # 25357). Fumar es dañino para la salud".
* Los anuncios publicitarios y los productos que contengan tabaco deberán señalar la siguiente indicación, ocupando no menos de la 5ª parte del empaque o anuncio: "Fumar es dañino para la salud. Está prohibido fumar en lugares públicos como éste según la Ley # 25357".
* Al principio o final de cada spot publicitario difundido por televisión, deberá aparecer la frase "Fumar es dañino para la salud" al menos durante 5 segundos; al final de cada spot publicitario difundido por radio, el locutor deberá decir la misma frase en forma lenta y pausada.
* El Consejo Nacional de la Publicidad aplicará las sanciones publicitarias y las Municipalidades aplicarán las sanciones relacionadas al uso de tabaco en zonas prohibidas. La multa tiene como referencia el promedio de venta del galón de gasolina de 84 octanos; dependiendo de la falta, ésta puede sancionarse con multas con importes que van desde 5 hasta 100 galones.
DS Nº 95-93-PCM. Modifica el Reglamento (21-12-93)
La advertencia en los anuncios publicitarios y en los empaques de tabaco disminuye de la 5ª a la 10ª parte y la advertencia en la publicidad de tabaco en radio y TV disminuye de 5 a 3 segundos.
Leyes relacionadas a restricciones de la publicidad:
Ley Nº 26739. Establece horario de la publicidad del tabaco en radio y TV (27-12-96)
La publicidad del tabaco sólo podrá emitirse entre la 1:00 y las 5:00 horas. El incumplimiento será sancionado por Indecopi, comprendiendo en forma solidaria y proporcional al que contrata y al que realiza la publicidad.
Ley Nº 26849. Prohibe la venta y publicidad de tabaco en los lugares señalados en la Ley # 25357 (9-7-97)
* Se prohibe la venta directa e indirecta de tabaco en los lugares señalados en la ley 25357.
* Se prohibe la publicidad directa en los centros educativos y en sus alrededores, en un radio de 500 m.
* Debe señalarse la cantidad de nicotina y alquitrán en no menos del 10% del empaque de tabaco.
* La sanción la aplica la Autoridad de Salud y las Municipalidades y conlleva el decomiso de los productos.
Acciones para restringir el acceso de los menores a los productos de tabaco:
Ley Nº 26957. Prohíbe la venta de tabaco a menores de edad (21-5-98)
Se prohibe la venta de tabaco a menores de edad. Sanciona la Autoridad de Salud y las Municipalidades.
Código Penal.
Faltas contra las buenas costumbres Será reprimido con prestación de servicio comunitario de 10 a 30 jornadas el que en establecimientos públicos suministre tabaco a menores de edad.
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Fuente
Si hay gente que le gusta fumarse un cigarro, un habano, grifa, marihuana, etc, pues es cosa de ellos no estoy en contra de ello (Cada uno es libre de hacer con su cuerpo “lo que se le de la gana”), el problema es cuando transgrede los derechos de un tercero, en este caso la Salud, que es algo serio…