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Artículo 118 inciso 21

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wilsoncachay Hombre
 
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07-oct-2012, 18:16
#1


La Constitución Política del Perú es muy clara y precisa
en el Artículo 118 inciso 21

En dicho artículo se enfatiza lo que le confiere al Presidente

y dice
21.Conceder indultos y conmutar penas

No cabe más interpretaciones o caprichos

Por lo tanto el indulto humanitario procede y no corresponde pedir perdón
y es más también se le puede conmutar las penas como la reparación que le exigen

Ahora a la fecha dicha constitución es la vigente (Ojo promulgada en el año 1993)
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XxZeruelxX Hombre
 
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07-oct-2012, 18:26
#2


21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en
beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción
haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria
.

¿Acaso Fujimori sigue en etapa de instruccion?; favor a los pro-indulto de revisar mejor sus "defensas", que solo la dañan
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alccano Hombre
 
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07-oct-2012, 18:51
#3


muchos lo pueden interpretar de muchas formas eh?
hecha la ley......hecha la trampa?
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wilsoncachay Hombre
 
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07-oct-2012, 20:00
. Editado por wilsoncachay 07-oct-2012, 20:01
#4


Cita:
Publicado por XxZeruelxX Ver Mensaje
21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en
beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción
haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria
.

¿Acaso Fujimori sigue en etapa de instruccion?; favor a los pro-indulto de revisar mejor sus "defensas", que solo la dañan
jajaja pero si conocemos de gramática entendemos que dicho inciso es una Oración compuesta con mas de dos verbos y por ende están separadas en cuanto a la acción y ejecución y no se refieren a lo mismo dado que hay un Punto seguido después del punto se refiere a otra acción y otro verbo

1ro Conceder indultos ( primera oración y 1ra acción)

2do disyunción "y"

3ra Conmutar penar ( segunda oración y 2d acción puede ser vinculante por la disyunción )

4to Punto seguido (Enlace de otra oración compuesta que se refiere al Articulo 118 y no necesariamente al inciso 21)

5to Ejercer el derecho de gracia en
beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción
haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria (Tercera oración y 3 acción no vinculantes con la del inciso 21)

El verbo Ejercer es confirmación de la atribución del Artículo 118 y no a la totalidad del inciso 21

Bueno esto es gracias a las normas de lingüista de la real academia español para la gramática no a interpretaciones antojadizas
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xarakato Hombre
 
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07-oct-2012, 20:54
#5


Según ley,el presidente de la República puede indultar a quien él crea conveniente.
No hay más vueltas que darle.
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Grisazul Hombre
 
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07-oct-2012, 20:57
#6


Solo espero que llegue el miércoles, Keiko solicite el indulto formalmente y veamos qué sucede.
Que esto se acabe de una vez por todas.
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07-oct-2012, 21:40
#7


Los pro-indulto dicen que le debe nacer del corazon de Ollanta el indulto.
Creo que a Ollanta ni a la mayoria le nace indultar a un ex-fujitivo. FIN



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eljusticeroy2j Hombre
 
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08-oct-2012, 10:34
#8


eso lo decidira humala
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kof_p Hombre
 
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08-oct-2012, 11:14
#9


Cita:
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Según ley,el presidente de la República puede indultar a quien él crea conveniente.
No hay más vueltas que darle.
Puede ser, ciertamente podría indultar a quien quiera, pero si viola la ley respecto a la liberación de un delincuente sin ninguna razón humanitaria que respalde esto (por puros favores políticos), al final el que se va a la cárcel puede ser Humala.
Si en un ataque de locura al presidente se le ocurre indultar al cojo Mame o al cholo Jacinto ¿realmente crees que no le pasará nada a Humala? Lo vacan o ni bien acabe su gobierno lo enjuician.
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xarakato Hombre
 
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08-oct-2012, 11:32


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Publicado por kof_p Ver Mensaje
Puede ser, ciertamente podría indultar a quien quiera, pero si viola la ley respecto a la liberación de un delincuente sin ninguna razón humanitaria que respalde esto (por puros favores políticos), al final el que se va a la cárcel puede ser Humala.
Si en un ataque de locura al presidente se le ocurre indultar al cojo Mame o al cholo Jacinto ¿realmente crees que no le pasará nada a Humala? Lo vacan o ni bien acabe su gobierno lo enjuician.
Es que al indultar a un preso no está violando ninguna ley,por el contrario,está haciendo lo que la ley manda.
Como bien dices,solo en un ataque de locura podría indultar al Cojo Mame o al Cholo Jacinto,pero no te preocupes,no va a pasar eso porque Humala no está loco,al menos no lo parece.
Por otro lado,así como el presidente tiene la facultad para decir sí a un indulto también está facultado para decir no.
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Asassin! Hombre
 
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08-oct-2012, 11:39


Cita:
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jajaja pero si conocemos de gramática entendemos que dicho inciso es una Oración compuesta con mas de dos verbos y por ende están separadas en cuanto a la acción y ejecución y no se refieren a lo mismo dado que hay un Punto seguido después del punto se refiere a otra acción y otro verbo

1ro Conceder indultos ( primera oración y 1ra acción)

2do disyunción "y"

3ra Conmutar penar ( segunda oración y 2d acción puede ser vinculante por la disyunción )

4to Punto seguido (Enlace de otra oración compuesta que se refiere al Articulo 118 y no necesariamente al inciso 21)

5to Ejercer el derecho de gracia en
beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción
haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria (Tercera oración y 3 acción no vinculantes con la del inciso 21)

El verbo Ejercer es confirmación de la atribución del Artículo 118 y no a la totalidad del inciso 21

Bueno esto es gracias a las normas de lingüista de la real academia español para la gramática no a interpretaciones antojadizas
Disculpa, no me gusta meterme en estos temas... pero eso sono demasiado forzado.
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fermil Hombre
 
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08-oct-2012, 13:01


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Según ley,el presidente de la República puede indultar a quien él crea conveniente.
No hay más vueltas que darle.
así q el fujimorismo ahora apuesta por la voluntad del presidente. q pena dan.
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08-oct-2012, 13:45


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Es que al indultar a un preso no está violando ninguna ley,por el contrario,está haciendo lo que la ley manda.
Como bien dices,solo en un ataque de locura podría indultar al Cojo Mame o al Cholo Jacinto,pero no te preocupes,no va a pasar eso porque Humala no está loco,al menos no lo parece.
Por otro lado,así como el presidente tiene la facultad para decir sí a un indulto también está facultado para decir no.
Que bien, entonces si no esta loco tampoco liberara a un criminal de la calaña de Fujimori que seria tan igual o mas grave aun que liberar al Cojo Mame o al Cholo Jacinto.
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08-oct-2012, 16:10


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así q el fujimorismo ahora apuesta por la voluntad del presidente. q pena dan.
Si la Constitución dijera que hay que apelar al Papa seguro que se lo pedirían al Papa pero como la Carta Magna dice que hay que pedírselo al presidente entonces así lo harán.
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wilsoncachay Hombre
 
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08-oct-2012, 21:09


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Si la Constitución dijera que hay que apelar al Papa seguro que se lo pedirían al Papa pero como la Carta Magna dice que hay que pedírselo al presidente entonces así lo harán.
Lo bonito que Cipriani y aun San Martin están a favor ellos son parte del 70% de la proporcional cientifica de todo el Perú
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1978gustavo Hombre
 
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08-oct-2012, 22:14


me pregunto ¿y si el comandante no se lo da? ¿la bancada fujimorista de que forma pensaria de ollanta?
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don909 Hombre
 
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09-oct-2012, 09:57


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Publicado por wilsoncachay Ver Mensaje
La Constitución Política del Perú es muy clara y precisa
en el Artículo 118 inciso 21

En dicho artículo se enfatiza lo que le confiere al Presidente

y dice
21.Conceder indultos y conmutar penas

No cabe más interpretaciones o caprichos

Por lo tanto el indulto humanitario procede y no corresponde pedir perdón
y es más también se le puede conmutar las penas como la reparación que le exigen

Ahora a la fecha dicha constitución es la vigente (Ojo promulgada en el año 1993)
Correcto, no cabe interpretación sobre el tema: le confiere al presidente dar indultos y a nadie más, a ningún ministro ni de justicia ni de la mujer ni al Congreso ni al TC. Solo al presidente.

Pero eso no quiere decir que el indulto a Fujimori proceda. Tampoco cabe tanta interpretación sobre lo siguiente, que es el reglamento que tiene que seguir el presidente para poder otorgar indultos:

http://www.gacetajuridica.com.pe/ser...14-07-2010.pdf

El indulto a Fujimori procederá si encaja dentro de lo que dice el reglamento.
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chmk Hombre
 
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09-oct-2012, 10:31


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Publicado por don909 Ver Mensaje
Correcto, no cabe interpretación sobre el tema: le confiere al presidente dar indultos y a nadie más, a ningún ministro ni de justicia ni de la mujer ni al Congreso ni al TC. Solo al presidente.

Pero eso no quiere decir que el indulto a Fujimori proceda. Tampoco cabe tanta interpretación sobre lo siguiente, que es el reglamento que tiene que seguir el presidente para poder otorgar indultos:

http://www.gacetajuridica.com.pe/ser...14-07-2010.pdf

El indulto a Fujimori procederá si encaja dentro de lo que dice el reglamento.
Esto tampoco requiere demasiada interpretación. La constitución NO DICE NADA QUE EL INDULTO DEBE OBEDECER A NINGUNA LEY O REGLAMENTO, solo dice que el presidente la concede (normalmente la constitución agrega algún texto tipo "de acuerdo a lo que la ley diga" cuando se debe seguir alguna reglamentación).

El reglamento es únicamente para la comisión de indultos, y la comisión no dispone de quienes se indultarán, únicamente hace recomendaciones al presidente.

----- mensaje añadido, 09-oct-2012 a las 10:33 -----

Cita:
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Creo que a Ollanta ni a la mayoria le nace indultar a un ex-fujitivo. FIN
En algo tienes razón, si a Ollanta no le da la gana no otorga el indulto y es fin de la discusión.

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don909 Hombre
 
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09-oct-2012, 10:42
. Editado por don909 09-oct-2012, 10:45

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Esto tampoco requiere demasiada interpretación. La constitución NO DICE NADA QUE EL INDULTO DEBE OBEDECER A NINGUNA LEY O REGLAMENTO, solo dice que el presidente la concede (normalmente la constitución agrega algún texto tipo "de acuerdo a lo que la ley diga" cuando se debe seguir alguna reglamentación).

El reglamento es únicamente para la comisión de indultos, y la comisión no dispone de quienes se indultarán, únicamente hace recomendaciones al presidente.

----- mensaje añadido, 09-oct-2012 a las 10:33 -----

En algo tienes razón, si a Ollanta no le da la gana no otorga el indulto y es fin de la discusión.

chmk
Incorrecto.

El artículo 118 de la constitución indica las acciones que correspondan al presidente. El punto 21 dice que le corresponde otorgar indultos. El punto inmediatamente anterior dice que le corresponde "Regular las tarifas arancelarias".

¿Cree Ud. que el presidente puede hacer lo que quiere con los aranceles porque le da la gana? La respuesta es no. Debe aplicar esta atribución de la Constitución dentro del marco de normas, obviamente, a pesar de que en la Constitución no se especifique.

El gran beneficio de normas y leyes para los contribuyentes, es que dificultan enormemente que el gobierno de turno se levante el país en peso.
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09-oct-2012, 10:47
. Editado por pieri 09-oct-2012, 10:48

Cita:
Publicado por chmk Ver Mensaje
Esto tampoco requiere demasiada interpretación. La constitución NO DICE NADA QUE EL INDULTO DEBE OBEDECER A NINGUNA LEY O REGLAMENTO, solo dice que el presidente la concede (normalmente la constitución agrega algún texto tipo "de acuerdo a lo que la ley diga" cuando se debe seguir alguna reglamentación).

El reglamento es únicamente para la comisión de indultos, y la comisión no dispone de quienes se indultarán, únicamente hace recomendaciones al presidente.

----- mensaje añadido, 09-oct-2012 a las 10:33 -----



En algo tienes razón, si a Ollanta no le da la gana no otorga el indulto y es fin de la discusión.

chmk
asi es, la Constitución de 1979, en su artículo 211 inciso 23, adicionaba: “salvo los casos prohibidos por la ley”, situación que no se repite con la actual Constitución q deja la última palabra a la decisión del presidente de la república y su conciencia.
La comisión de indultos recomienda quienes deban ser indultados, pero es solo recomendación, la decisión de la comisión de indultos no es vinculante y la constitución le da toda libertad al presidente para otorgar dichos indultos.
Las normas y el marco legal se tiene q adecuar a lo q dice la constitución y no al revés.
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pieri está desconectado  
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